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LOS DOCENTES

Persona profesional e idónea, que mediante decreto es nombrado en provisionalidad o en propiedad para desempeñarse en un área o nivel de desempeño como facilitador en la adquisición del conocimiento.

Artículo 55º: Manual de Convivencia Escolar

Descarga el archivo de la Resolución Ministerial 15683. Adición de Funciones Docentes...

PERFIL DEL DOCENTE Y DIRECTIVO DOCENTE

Debe ser una persona:

De muy buenas relaciones humanas, que conozca y valore las cualidades de compañeros, estudiantes, padres de familia y comunidad en general, que sepa orientar y encaminar las dificultades de todos los agentes educativos.

Imparcial, justa y con mucha proyección a la comunidad, gestora de proyectos; capacitada, idónea, conocedora de la normatividad educativa, política y social, para que pueda hacer un buen desempeño de su rol.

Competitiva, capaz de coordinar planes y programas. Para tal fin, debe  concebir la educación como un proceso descentralizado y democrático.

Capaz de trabajar en equipo, creando ambientes de calidad, garantizando la vigencia del derecho a la educación.

Que contribuya con la consolidación del horizonte institucional y el mejoramiento continuo de la Institución Educativa Núcleo Escolar Rural, Como obra de todos los miembros de la comunidad educativa.

Que dinamice el PEI, el Currículo, el plan de estudios y demás actividades pedagógicas.

Líder, capaz de descubrir, valorar y encauzar la fuerza creadora del pluralismo y la diversidad.

Investigativo y deseoso de capacitarse para innovar las prácticas pedagógicas, acordes a las necesidades de la época.

Artículo 56º: Manual de Convivencia Escolar

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